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familia - juicio de alimentos mujer embarazada




El USUARIO PREGUNTA:

Buenas tardes si me pueden ayudar con una consulta si ami me demandan por alimentos también me pueden demandar por lactancia y pagar esos dos juicios a la vez


NUESTRO ABOGADO RESPONDE:

El artículo 148 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia establece que “La mujer embarazada tiene derecho, desde el momento de la concepción, a alimentos para la atención de sus necesidades de alimentación, salud, vestuario, vivienda, atención del parto, puerperio, y durante el período de lactancia por un tiempo de doce meses contados desde el nacimiento del hijo o hija” En consecuencia, a usted le pueden interponer una demanda solicitando el pago de pensiones alimenticias.



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