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familia - disminucion de pensiones




El USUARIO PREGUNTA:

Tuve la audiencia de alimentos y el juez no acepto como prueba el eco ni la versión de mi actual pareja para la disminución de la pension... Me dijo q para garantizar q el hijo q venía en camino sea mío debo estar casado o esperar q naciera para darle mi apellido... Q puedo hacer es verdad eso o estuvo mal soy de la Provincia Santa Elena cantón la LIbertad


NUESTRO ABOGADO RESPONDE:

Queda a discreción del juez la evaluación de medios probatorios. Sin embargo, el artículo 148 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia establece que “La mujer embarazada tiene derecho, desde el momento de la concepción, a alimentos para la atención de sus necesidades de alimentación, salud, vestuario, vivienda, atención del parto, puerperio, y durante el período de lactancia por un tiempo de doce meses contados desde el nacimiento del hijo o hija” En consecuencia, usted debe pagar las pensiones alimenticias por la mujer embarazada.



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