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familia - autorizacion de salida del país de menores




El USUARIO PREGUNTA:

Voy a viajar tengo la custodia de mi hijo que papeles tengo que hacer lo más rápido posible


NUESTRO ABOGADO RESPONDE:

El artículo 130 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana dispone que: "Las niñas, niños y adolescentes ecuatorianos y extranjeros residentes pueden salir del territorio nacional en las siguientes condiciones: 1. Acompañados de sus padres, tutores legales o quien ejerza la patria potestad, o con uno de sus padres previa autorización notarial o judicial de quien no viaja con él. (...)". La custodia del menor, no es lo mismo que la patria potestad. Por lo que si no existe sentencia que suspenda o extinga la patria potestad del otro padre, es necesario contar con la debida autorización de este o en caso de que no exista autorización solicitarla a un juez.



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