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familia - proceso de liquidacion de sociedad conyugal




El USUARIO PREGUNTA:

Buenos días ,mire yo me divorcie en 2013 lo hizo mi ex marido y yo solo me acerque a firmar solo sin asesoramiento de un abogado,lo hizo por causal pero obtuvimos un departamento antes del divorcio el cual lo pagaba él pues hizo mediante un crédito del iess está cancelado 10 años pero el crédito es par a 25 años ahora mi ex esposo me a llamado para decirme que está dispuesto a firmar algún documento entregando el 50% que le pertenece a él a nombre de mis hijos pero si yo me hacía cargo de la deuda osea yo seguía pagando las cuotas mensuales,pero el iess no me otorga el crédito pues no tengo la capacidad económica para hacerlo y dice por ventanilla no podría realizar el pago. Pero el abogado del iess me hace conocer que en el divorcio falta realizar liquidación de bienes y de deudas. Yo tengo un a deuda de más o menos $15000 por que cuando mi hija tenía 4 años tuvo un accidente y yo le afronte con los costos de las operaciones así como deje de trabajar dos años y medio hasta que esté totalmente rehabilitada ,esa deuda adquirir todavía estando casada pero ya no vivíamos juntos. Me dijeron que haciendo esa disolución de bienes y de deudas se hace un más menos entre lo que está cancelado del departamento y la deuda que tengo recibiría un total de $2000 y así se soluciona la situación ,el señor ya no desea seguir pagando el departamento y debo hacer este juicio antes que él determine lo antes mencionado y yo perdería todo tanto el departamento y me quedaría con la deuda. Cómo debo proceder y el costo gracias


NUESTRO ABOGADO RESPONDE:

Lo correspondiente a cada cónyuge dentro de la sociedad conyugal es 50% del total de los bienes que posean. y esto incluye activos  pasivos. Sin embargo este porcentaje puede variar de acuerdo a lo que convengan en el momento de la partición. Si su ex esposa no está de acuerdo con el porcentaje que está recibiendo usted debe realizar la liquidación, el inventario y partición de la sociedad conyugal. lo cual conlleva dos procesos judiciales distintos, el primero es el juicio de inventario y una vez aprobado esto se procede con el juicio de liquidación y partición. 



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