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familia - obligados subsidiarios




El USUARIO PREGUNTA:

Soy media hermana de un menor con un papá preso pero no puedo pagar pensiones alimenticias pues no trabajo y solo estudio Hay alguna forma de que no pueda pagar?


NUESTRO ABOGADO RESPONDE:

Según el Código de la Niñez y Adolescencia en el capítulo V artículo tercero señala que en el caso de que exista algún impedimento, insuficiencia de recursos o discapacidad de los obligados, esta deberá ser legalmente comprobada. Si la incapacidad o impedimento del obligado es comprobada, el Juez podrá determinar que la prestación de alimentos sea pagada por un obligado subsidiario los cuales podría ser: los abuelos, hermanos que hayan cumplido 21 años o los tíos. (en ese orden). Debe demostrar la incapacidad del deudor principal.



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