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familia - extincion y suspesion de pensiones alimenticias




El USUARIO PREGUNTA:

Buenas tardes señores abogados tengo dos hijos los crueles ya son mayores de edad la primera sigue estudiando la universidad tiene 21 años el segundo término el colegio ya dos años q no estudia es más dice q ya no va a estudiar mi pregunta es asta q edad pago de mi hija la pensión alimenticia y que tramite debo hacer de lo de mi segundo hijo que ya dejo de estudiar


NUESTRO ABOGADO RESPONDE:

El artículo 4, del título V del Código de la Niñez y Adolescencia prescribe que el derecho a recibir alimentos existe solo hasta los 21 años, por lo que no es posible que transcurrido esta edad pueda reclamarse el pago de pensiones. Por otro lado, si su otro hijo ya es mayor de edad, no s encuentra estudiando puede solicitar que las pensiones se suspendan. En ambos casos debe realizarse el proceso de suspencion y extinción vía judicial.



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