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familia - derecho al pago de decimos y utilidaes




El USUARIO PREGUNTA:

Pagos de decimos y utlidades


NUESTRO ABOGADO RESPONDE:

Los pagos de los décimos constituyen un derecho irrenunciable de los trabajadores. El décimo tercer sueldo, tambien llamado bono navideño, sebe ser pagado hasta el 24 de diciembre de cada año y corresponde a la parte proporcional a la doceava parte de las remuneraciones que perciban durante el año calendario. La décimo cuarta remuneración por otro lado es el equivalente a la doceava parte de la remuneración básica mínima unificada para los trabajadores en general, y se paga en distintas fechas dependiendo del régimen sea costa o sierra.  Las utilidades, por otro lado, son fluctuantes, ya que no siempre una empresa llega a generar utilidades, por lo que muchas veces no se pagan. En caso de que si se generen utilidades, deben entregar el 15% de las utilidades líquidas de la empresa, y existen reglas específicas para hacer la distribución de este valor



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