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laboral - despido dentro de periodo de prueba no es indeminizable
El USUARIO PREGUNTA:
Buenos dias quisiera ayuda por favor mire lo que sucede es que yo entre a trabajar en una empresa de seguridad estuve laborando a sus disposiciones cuatro dias entre sin exámenes medicos sin la mayoria de papeles que exigian para el ingreso me dieron uniformes y a trabajar y los papeles luego nos ha de ir dando estando ya en labores y con contrato firmado se me presenta una novedad con mi salud me vino un dolor característico de una lumbalgia llamo al supervisor para indicar mi necesidad y que me ayude para hacerme medicar me da el permiso y la situacion posterior me causa una tremenda admiracion porque llamo en la noche a pedir disposiciónes para el dia siguiente porque ya estaba mejor y me dice ud esta dedpedido de parte de Recursos Humanos mañana nos entrega los uniformes y para que le paguen lo que ha trabajado voy al siguiente dia a finiquitar las lobores en esta empresa y me salen con que ud estuvo a prueba no tenemos porque pagar que aqui ud se va a complicar su salud porque no dio los exámenes medicos eso le indique que ellos mismos me reciben así y no han dado tiempo ni para hacerce exámenes y que no era culpa de uno una situación de enfermedad no es para despedir sino para ayudar me dijeron no eso no es asi nos devuelve los uniformes yo deje claro que me deben cancelar lo trabajado y no es que uno este para regalar el tiempo o el trabajo que ellos me despiden no es que yo no quiera trabajar y que no les devolvia nada mientras no me arreglen que procede en estos casos gracias
NUESTRO ABOGADO RESPONDE:
Si su contrato contiene un período de prueba implica que dentro de este tiempo el empleador puede dar por terminado el contrato sin derecho a una liquidación por despido intempestivo. Por disposición legal este período de prueba no puede ser mayor a 90 días, transcurrido este tiempo si existe despido o renuncia debe indemnizarse conforme lo determina la ley. Por otro lado, el hecho de que exista un despido dentro del período de prueba no merma el derecho del trabajador de que le liquide los valores de los días que ha laborado dentro de la empresa ya que por mandato constitucional, no existe trabajo gratuito. Si el empleado se niega a pagarle los días laborados usted puede acudir al Ministerio de Trabajo e interponer una denuncia por falta de pago de liquidación
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El abogado que me atendió fue bastante claro con el proceso de migración, La persona es muy preparada y con experiencia.