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laboral - liquidacion por acoso laboral




El USUARIO PREGUNTA:

Buenas noches yo renuncie el 16 de septiembre por acoso laboral debo ir a cobrar mi liquidación donde el abogado del empleador o dejo que pasen al ministerio de trabajo Es un caso medio complicado Me generan aviso de salida el 18 les digo que gracias que hasta ese día son mis funciones y le hacen anular y le vuelven a generar con fecha 24 de septiembre Hay alguna amonestación al empleador por eso. Debo recibir alguna compensación por el acoso?


NUESTRO ABOGADO RESPONDE:

Usted debió denunciar el acoso ante el Ministerio de Trabajo una vez comprobado podría solicitar el visto bueno y la indemnización correspondiente era por despido intempestivo. SI esto no se realizó de esta forma y usted presentó la renuncia, la liquidación correspondiente es por desahucio, dado que generaron su aviso de salida el 24, la liquidación debe ser realizada hasta tal fecha y que oficialmente esa es su última fecha de labores.



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