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penal - estupro engaño menor




El USUARIO PREGUNTA:

UIO De el marido de mi hija como le puedo decir q engaño engatusó a mi otra de mi hijas q tiene 15 años de edad aprochando de su inosencias Y no se q hacer


NUESTRO ABOGADO RESPONDE:

: En su caso en particular se configura el delito de estupro contemplado en el artículo 167 del Código Orgánico Integral Penal. Es decir que, cuando el esposo de su hija, recurriendo al engaño, tuvo relaciones con su otra hija menor de edad, cometió estupro. Por este delito el señor puede ser sancionado de uno a tres años con pena privativa de libertad. Dependiendo de la formulación de cargos que se le haga al señor. De igual forma, se le recomienda que evalúe el caso con un abogado para determinar si el delito puede estar tipificado bajo este artículo dependiendo de las circunstancias en las que se encuentre su hija.



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